Custodia compartida

niño triste

PERITAJES PSICOLÓGICOS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE GUARDA Y CUSTODIA

Custodia compartida: en los procesos de separación o divorcio, cuando existen hijos, habitualmente se solicitan informes psicológicos periciales sobre la competencia parental para ejercer la guarda y custodia. Hasta hace relativamente poco, la custodia de los hijos menores, salvo raras excepciones, se otorgaba a las madres.

Con el transcurso del tiempo , esta postura ha evolucionado y actualmente los informes periciales sobre la guarda y custodia de los hijos se fundamentan sobre el principio de beneficio o mejor interés del menor. Para llevar a cabo esta evaluación, se parte de la base de ausencia de psicopatología y de la constatación del ajuste psicológico de los progenitores.
Los informes pericialesInformes psicológicos y guarda y custodia los procedimientos de divorcio para valorar el desempeño de la guarda y custodia de los hijos evalúan áreas tales como la preferencia de custodia de los hijos, las pautas de relaciones entre los progenitores , hábitos y rutinas familiares o el estilo educativo de los padres. Una de las variables mas relevantes es la competencia parental, entendida como la capacidad de los progenitores de adaptación, afrontamiento y resolución ante situaciones conflictivas. Esta variable cobra importancia dado que ha demostrado incrementar y favorecer la adaptación y el ajuste emocional de los hijos tras la separación o divorcio.
Los informes periciales psicológicos sobre guarda custodia están a favor del menor numero de cambios en la vida del niño, de preservar sus vínculos familiares y emocionales. Valoran favorablemente la continuidad en la comunicación y en el entorno afectivo, el acceso a las figuras de apego, el acceso a ambos progenitores y las necesidades de los hijos a nivel general e individual para cada caso en particular. Para obtener toda la información necesaria se llevan a cabo entrevistas, tests psicológicos observaciones conductuales y recogida de información de todas las fuentes próximas (profesores, cuidadores, médicos psicólogos) .
En los casos en los que se observa ausencia de conflictividad entre los progenitores, consenso y colaboración mutua, actitudes y estilos educativos compartidos, proximidad de domicilios, compatibilidad de horarios para atender a los hijos,y en general medidas conciliadores entre los progenitores que faciliten la mejor adaptación del menor a la nueva situación, la custodia compartida puede resultar una alternativa plausible en mejor interés del menor.